Leyes de Panamá · Laboral
Ley 513 de 20 de marzo de 2026, que crea el Programa de Pasantía para incentivar el trabajo formal de jóvenes en el sector privado
Crea el Programa de Pasantía para incentivar oportunidades laborales de jóvenes en el sector privado, con el fin de que adquieran experiencia práctica, desarrollen capacidades y faciliten su transición hacia posiciones formales.
Datos de la norma
- Número: Ley 513 de 20 de marzo de 2026
- Tema: Laboral
- Fuente: Gaceta Oficial de Panamá / MITRADEL
A quién aplica
- Jóvenes en formación o con formación académica de educación media, universitaria, vocacional o técnica, principalmente entre los 18 y 25 años.
- Determinados casos de menores de edad que hayan obtenido título de educación media, cumpliendo los requisitos de autorización de su representante legal.
- Empresas y entidades no lucrativas, nacionales o internacionales, establecidas o con sede en Panamá. Su participación es voluntaria.
Información relevante
- Retribución mensual de B/.450.00, asumida por la empresa participante. No constituye salario ni convierte automáticamente la pasantía en una relación laboral ordinaria.
- La empresa participante debe proporcionar una póliza de seguro privado que cubra los riesgos correspondientes durante la pasantía.
- Cada pasantía puede durar máximo un (1) año. El programa general tiene vigencia inicial de tres (3) años, prorrogable por otros tres (3) años una sola vez mediante decreto ejecutivo.
- La jornada de la pasantía no debe exceder las 40 horas semanales.
- Está prohibido usar pasantes para sustituir empleos formales existentes. Límites según planilla: hasta 50 trabajadores, hasta 2 pasantes; de 51 a 100, hasta 4; de 101 a 200, hasta 6; más de 200, hasta el 3% de la fuerza laboral. Superar esos límites requiere el procedimiento y autorización correspondiente ante MITRADEL.
- La participación se formaliza mediante el mecanismo establecido por MITRADEL, donde constan las condiciones de la pasantía.
- Al finalizar, el participante debe recibir una certificación que acredite la experiencia adquirida. Si la empresa decide contratarlo formalmente, esa contratación se rige por las reglas laborales correspondientes y con el salario que legalmente corresponda.
- MITRADEL tiene funciones de seguimiento, supervisión y control del Programa.
- La Ley 513 no elimina ni limita automáticamente otros programas de pasantías, prácticas profesionales, servicio social o inserción laboral juvenil, que pueden tener regulación distinta.
Normativa relacionada
- Decreto Ejecutivo N.º 1 de 31 de agosto de 2026, que reglamenta la Ley 513 de 20 de marzo de 2026 y desarrolla los procedimientos, responsabilidades y mecanismos para su implementación.
Fuente oficial y verificación
Gaceta Oficial de Panamá / MITRADEL
Los requisitos, procedimientos y condiciones específicas deben verificarse en el texto oficial publicado en la Gaceta Oficial y en MITRADEL.
Esta explicación es orientativa y no sustituye la asesoría de un abogado idóneo.
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